Que por Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 2045 de fecha 16 de noviembre de 2016, se creó el REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, vinculadas con la Salud.
Las organizaciones civiles sin fines de lucro, con actividades en el sector salud, podrán solicitar su inscripción en el “REGISTRO NACIONAL DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL vinculadas con la Salud.
Requisitos: Acta de designación de autoridades vigente; Acta Constitutiva, Constancia de Inscripción ante la Inspección General de Justicia.
La DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES dispondrá la inscripción de las organizaciones que cumplan con los requisitos establecidos en el formulario correspondiente en TAD, y acompañe la documentación requerida, mediante el dictado del acto administrativo correspondiente e informará al interesado la resolución adoptada.
La DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES debe expedirse respecto de la solicitud de incorporación al Registro efectuada por una organización, dentro del plazo de SESENTA (60) días hábiles desde la solicitud de inscripción/ reinscripción en TAD.
La inscripción de la organización será válida por el termino de 4 (CUATRO) años corridos a partir del acto administrativo que dispuso su incorporación al Registro Nacional de Organizaciones de la sociedad civil vinculadas con la salud.
Para inscribirse: https://www.argentina.gob.ar/salud/registro-organizaciones-sociedad-civil
Para ver cuales hay inscriptas: https://sisa.msal.gov.ar/sisa/#sisa